Naturalización panameña
Obtener la ciudadanía panameña a través de la naturalización es un camino común para las personas que buscan convertirse en nacionales de Panamá.
De acuerdo con el artículo 10 de la Constitución panameña, una persona debe haber vivido en Panamá como residente permanente durante un cierto número de años para ser elegible para la naturalización.
Muchos ciudadanos extranjeros buscan la residencia permanente con el objetivo principal de eventualmente solicitar la ciudadanía.
Para ser elegible, un solicitante debe mantener legalmente el estatus de residente permanente y cumplir con otros requisitos, como integrarse a la sociedad y cultura panameña.
La Constitución panameña establece tres vías para acceder a la ciudadanía:
- Al menos cinco (5) años consecutivos de residencia permanente.
- Tres (3) años de residencia permanente para aquellos casados con un nacional panameño o que tengan hijos panameños con un padre panameño.
- Ciudadanos de países latinoamericanos o de España, que cumplan con los mismos requisitos que los panameños en su país de origen (Reciprocidad), con requisitos de residencia más cortos:
- 1 año: Colombia, El Salvador
- 2 años: Argentina, Ecuador, España, Honduras, México, Nicaragua, Perú
- 3 años: Uruguay
El proceso de naturalización involucra a varias entidades, entre ellas el Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Servicios Públicos, el Registro Civil, la Oficina del Gobierno y la Presidencia.
Las solicitudes se someten a múltiples revisiones y verificaciones, y es posible que se requiera documentación adicional, lo que puede causar retrasos o, en el peor de los casos, la denegación de la solicitud.
En última instancia, el presidente panameño firma todas las solicitudes, y todo el proceso puede tardar de 2 a 5 años.
Requisitos de solicitud:
- Cédula policial emitida por las autoridades panameñas
- Certificación de Estatus Migratorio
- Copia autenticada de la tarjeta de identificación de residente permanente (e-cédula)
- Acreditación de solvencia económica (carta de referencia bancaria o contrato de trabajo)
- Copia del pasaporte, autenticada por la embajada/consulado del país de origen en Panamá
- Certificado de buena salud
- Comprobante de registro ante la Autoridad Fiscal Panameña (DGI)
- Declaración jurada sobre la renuncia a cualquier otra(s) ciudadanía(s)
- Formulario de solicitud
- Examen de conocimiento de la historia, geografía, derechos civiles y dominio del idioma español de Panamá
Una pregunta común de los solicitantes es si necesitan renunciar a otras ciudadanías.
Si bien los solicitantes deben declarar por escrito su compromiso de acatar la Constitución de la República de Panamá y renunciar a los vínculos civiles y políticos con su país de origen, muchos sistemas judiciales consideran que la nacionalidad original se mantiene a menos que se presente una renuncia oficial.
Existen numerosos beneficios al adquirir la nacionalidad panameña, que incluyen:
- Acceso a carreras profesionales reservadas para ciudadanos panameños
- La seguridad de tener un pasaporte adicional como red de seguridad en un contexto político y económico mundial inestable
- Pocas restricciones de viaje
- El honor de ser panameño y pertenecer a una de las naciones más grandes del mundo
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