- Decreto Ejecutivo No. 722 del 15 de octubre de 2020, que modifica la Ley No. 3 del 22 de febrero de 2008 y fue modificado por el Decreto Ejecutivo No. 26 del 2 de marzo de 2009.
El Decreto Ejecutivo N° 109, publicado el 13 de octubre de 2022, introduce modificaciones al Decreto Ejecutivo N° 722 del 15 de octubre de 2020. Este último decreto había establecido la subcategoría de residente permanente como inversor cualificado dentro de la categoría de residencia permanente por motivos económicos. El Decreto 109, emitido el 13 de octubre de 2022, introduce los siguientes cambios a los requisitos y términos señalados en el decreto 722 del 15 de octubre de 2020:
- Se amplía el plazo de la excepción relativa a la inversión mínima en bienes inmuebles de 24 a 48 meses, contados a partir de la entrada en vigor del Decreto nº 722 (15 de octubre de 2020). Esto significa que hasta el 15 de octubre de 2024, la inversión mínima en bienes inmuebles debe ser de al menos 300.000 USD (en lugar de 500.000 USD).
- A partir de ahora, el contrato de promesa de compraventa, los contratos de promesa de compraventa o el contrato de depósito en garantía deberán ser autenticados por un notario público.
Para obtener más información sobre la Visa de Inversionista Calificado de Panamá y obtener información detallada, consulte las disposiciones establecidas en la sección Visa de Inversionista Calificado de Panamá. En cuanto a la Visa de Inversionista Calificado de Panamá, fue introducida a través del Decreto Ejecutivo 722 del 15 de octubre de 2020, como una nueva categoría para obtener la residencia permanente basada en razones económicas. En virtud de este programa, los solicitantes pueden adquirir la residencia permanente realizando una inversión cualificada en Panamá. Las opciones de inversión disponibles incluyen:
- Bienes inmuebles: Invertir un mínimo de 300.000 dólares (hasta octubre de 2024, después serán 500.000 dólares) en bienes inmuebles, libres de cargas.
- Proyectos inmobiliarios en preventa: Firma de un contrato de compraventa por un importe igual o superior a 500.000 dólares, libre de cargas.
- Inversión en el mercado de valores panameño: Adquisición de valores por valor de 500.000 dólares estadounidenses o más a través de una sociedad de valores panameña cualificada y autorizada.
- Depósito a plazo fijo en el Sector Bancario: Apertura de un depósito a plazo fijo de US$750,000 o más, libre de gravámenes, en un banco panameño calificado.
Los requisitos del proceso para obtener esta visa son los siguientes:
- Copia completa del pasaporte, apostillada o autenticada.
- Certificado nacional de antecedentes penales, apostillado o autenticado, con una validez de 6 meses.
- Cinco (5) fotos tamaño carné.
- Pago de 5.000 USD al Servicio Nacional de Inmigración.
- Pago de 5.000 USD al Tesoro Nacional.
- Pago adicional de 1.000 USD por dependiente al Tesoro Nacional y otro pago de 1.000 USD al Servicio Nacional de Inmigración por los dependientes mayores de 12 años.
- Pago adicional de 1.000 USD por dependiente al Tesoro Nacional para los dependientes menores de 12 años.
- Certificado de buena salud.
- Declaración de antecedentes personales.
- Certificación de un banco extranjero o local que certifique los fondos recibidos o enviados.
Si la carta es del extranjero, debe estar autenticada o apostillada. - Extractos bancarios del banco extranjero, debidamente legalizados, o de un banco local con sellos de autenticación que certifiquen la transacción con los fondos enviados.
- Carta notarial del destinatario de los fondos o certificación bancaria original confirmando el ingreso o recepción de la transferencia, según cualquiera de las opciones de inversión descritas en la ley.
- Los documentos adicionales requeridos para los solicitantes dependientes incluyen una carta de responsabilidad, una prueba de vínculos entre el solicitante y cada dependiente, una prueba de domicilio (el solicitante y el dependiente deben residir en la misma dirección) y, para los dependientes mayores de 18 años, un certificado de soltería y de condición de estudiante.
El proceso para obtener la residencia permanente a través de este programa suele tardar alrededor de 30 días desde la presentación de la solicitud en la Oficina de Inmigración. Nuestro abogado autorizado puede presentar la solicitud utilizando un poder especial autenticado o apostillado en nombre del inversor. Una vez revisada y aprobada la solicitud, se concederá al solicitante la residencia permanente. Sin embargo, es obligatorio proporcionar anualmente pruebas (durante el mismo período cada año) de que la inversión sigue siendo válida.