VISADOS DE ENTRADA Y SALIDA MÚLTIPLES
Inmigración requiere esta visa para cada extranjero con un expediente pendiente. El resultado es que si ha solicitado una residencia o visa en Inmigración y está en proceso, debe solicitar una Visa Múltiple para poder viajar desde Panamá. Una Visa de Residencia es proporcionada por el Gobierno de la República de Panamá a los extranjeros para que puedan establecer residencia y residir permanentemente dentro del territorio de la República de Panamá.
El término "inmigrante" se refiere a un extranjero o turista que ha solicitado una visa de residencia en Panamá.
Un "Residente" es un extranjero o turista que ha completado un programa de solicitud de Visa de Residente en Panamá y ha obtenido una Tarjeta de Residente Permanente de Panamá. El Artículo 264 del Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 suprimió el requisito para los extranjeros residentes en Panamá de obtener un Permiso Múltiple de Entrada/Salida de Panamá en sus pasaportes. Esto aplica a: 1. Aquellas personas que actualmente cuenten con cédula panameña; 2. Aquellas personas que tengan un Permiso Provisional de Residente en Panamá por un año; 3. Aquellas personas que tienen una Visa Temporal de Panamá por uno o dos años y;
4. Aquellas personas que tienen un carnet como jubilados pensionados. Al ingresar a Panamá en el aeropuerto internacional, las autoridades de inmigración honrarán la cédula (tarjeta de identificación nacional) o el respectivo carnet (tarjeta de residente). El Servicio Nacional de Migración de Panamá ha eliminado el proceso de la Visa de Entrada y Salida Múltiple para todas aquellas personas a quienes se les ha aprobado la Visa de Residencia Temporal y la Visa de Residencia Permanente. La Visa de Entrada y Salida Múltiple se requiere únicamente para aquellos solicitantes del Permiso de Residencia Provisional, el cual es válido por tres (3) meses y renovable por el mismo periodo hasta por un (1) año, que se encuentren en trámite de Residencia Legal en Panamá. Para ser más precisos, todos los solicitantes de una Visa de Residencia Legal en Panamá, ya sea Temporal o Permanente, y antes de que su Visa sea formalmente aprobada mediante resolución, deberán tramitar ante el Servicio Nacional de Migración la solicitud de un Permiso de Residencia Provisional, el cual tiene una vigencia de tres (3) meses prorrogables hasta por un (1) año, y permite al solicitante residir legalmente en Panamá por ese periodo y hasta que su Visa de Residente Temporal o Permanente sea formalmente aprobada. Si el proceso de aprobación de la residencia temporal dura entre tres (3) meses y un (1) año, deberá renovarse y prorrogarse el permiso provisional. Todos los extranjeros que posean la tarjeta de Permiso Provisional, deberán solicitar la Visa de Entrada y Salida Múltiple si desean salir de Panamá y reingresar durante el tiempo que demore la aprobación de su Visa de Residencia. PROGRAMA DE VISA DE ENTRADA/SALIDA MÚLTIPLE Immi-Pa puede asistir a los extranjeros en el proceso de adquisición de su Visa de Entrada y Salida Múltiple. El gobierno de la República de Panamá otorga Visas de Residencia para que los extranjeros que deseen residir en Panamá puedan hacerlo legalmente. Un "inmigrante" es un extranjero o turista que ha solicitado la Visa de Residencia en Panamá. Un "residente" es un extranjero o turista que ha completado el Programa de Solicitud de Visa de Residencia de Panamá y ha obtenido su tarjeta de residente permanente. El Artículo 264 del Decreto Ejecutivo 320 del 8 de agosto de 2008, abolió el requisito de la Visa de Entrada y Salida Múltiple para los extranjeros que son residentes en Panamá, a saber:
- Aquellas personas que actualmente tengan cédula panameña.
- Aquellas personas que posean un permiso de residencia provisional en Panamá por un (1) año.
- Aquellas personas que tengan una Residencia Temporal de uno (1) o dos (2) años.
- Las personas que tienen una tarjeta de pensionista o jubilado.
Al ingresar a Panamá a través del Aeropuerto Internacional, las autoridades de inmigración honrarán la Cédula (Documento Nacional de Identificación) o la respectiva Tarjeta de Residencia. Nota: Las únicas personas que necesitarán solicitar un permiso de entrada y salida múltiple en Panamá serán aquellas que se encuentren en la fase inicial del proceso de residencia legal y que cuenten con un permiso de residencia provisional válido entre tres (3) meses y un (1) año. VISA MÚLTIPLE PANAMÁ La Visa de Entrada y Salida Múltiple de Panamá se otorgará por la duración del permiso de residencia provisional, que dependerá de la evaluación de la solicitud, el cumplimiento de los requisitos y la solicitud del solicitante. La solicitud de la Visa de Entrada y Salida Múltiple debe ser presentada en persona o a través de un abogado autorizado y se requerirá la siguiente documentación:
- Solicitud de visado de entrada y salida múltiple.
- Original y copia de su pasaporte en vigor, que acreditará que su estancia en Panamá cumple los términos legales.
- Original y copia del documento de identidad de inmigración de Panamá. (Si procede)
- Prueba de solvencia económica (Sólo para no residentes)
- Certificación como comerciante o empresario o las razones por las que se requiere esta autorización. Si el extranjero es invitado por una empresa, debe entregar:
- Carta de invitación de la empresa, debidamente firmada por el Gerente o representante legal con copia del respectivo documento de identificación.
- Copia del Certificado del Registro Público de la empresa.
- Carta de referencia bancaria de la empresa.
Nota: Todos aquellos que tienen residencia temporal o permanente en Panamá, tienen la posibilidad de entrar y salir de Panamá sin tener que requerir previamente este permiso emitido por el Servicio Nacional de Migración de Panamá, excepto en aquellos casos en los que las autoridades competentes interpongan medidas preventivas o restricciones de entrada y salida. Validez: La Visa de entradas y salidas múltiples de Panamá por el término del permiso de residencia provisional (Tarjeta de Trámite Provisional) Período de Tiempo: El procesamiento de la solicitud de la Visa de Entradas y Salidas Múltiples en las oficinas del Servicio Nacional de Migración en Panamá puede tomar entre tres (3) y cinco (5) días hábiles. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PROCESO
- Original y fotocopia del pasaporte en vigor del solicitante, incluyendo la página donde aparece la fotografía, nombre, fecha de nacimiento, número de pasaporte, lugar de expedición, etc.; así como el resto de páginas donde figuran los sellos de entradas y salidas a los diferentes países visitados.
- Dos (2) fotografías tamaño carné del solicitante.
- Copia del permiso de residencia provisional (tarjeta de tramitación provisional)
DOCUMENTOS QUE NUESTRA FIRMA DE ABOGADOS LE PROPORCIONARÁ Poder especial debidamente firmado por el solicitante y otorgado a un abogado de nuestra firma, a través del cual se autoriza el trámite de la documentación de inmigración para el proceso de la Visa de Entrada y Salida Múltiple.