Panamá, 10 de marzo de 2023. El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral actualizó la normativa que regula los artículos 17, 18 y 19 del Código de Trabajo, relativas a la contratación de mano de obra extranjera en el país, a fin de ordenar las disposiciones creadas para tal efecto, mediante Decreto Ejecutivo No. 4 de 2 de marzo de 2023, publicado en el Diario Oficial el 9 de marzo, 2023.

El Decreto Ejecutivo también regula otras leyes especiales, compromisos sociales en materia humanitaria y protección especial, así como nuevos conceptos laborales como el trabajo por cuenta propia y los estudiantes.

Al mismo tiempo, se emitirá una Resolución Ministerial que regula el procedimiento para la solicitud y emisión de tarjetas de trabajo, con miras a una futura implementación del sistema digital para este proceso. Los permisos de trabajo se han clasificado en 6 tipos:

1. Permisos de trabajo equivalentes al trabajo local: aquellos extranjeros que, de acuerdo a las normas de la Ley, sean considerados con el mismo trato que los nacionales por su condición y raíces en el país, ya sea por tener más de 10 años continuos en el país, por ser padres o madres de hijos panameños, casados con nacionales, etc.
2. Porcentajes Autorizados por el Código de Trabajo: que son los porcentajes del 10% del personal ordinario y del 15% del personal especializado o técnico.
3. Leyes Especiales: aplicables a todas las disposiciones de regímenes empresariales o actividades económicas de empresas con regulaciones especiales (Empresas Multinacionales, Fabricantes, Cinematografía, etc.), siempre y cuando las disposiciones establezcan que necesitan un permiso de trabajo.
4. Protección humanitaria: para casos de personas en condición de refugiado o en proceso de refugio, solicitante de asilo, persona separada o víctima extranjera de trata de personas. Incluyendo por primera vez el reconocimiento de los apátridas (personas que no tienen un registro de ninguna nacionalidad pero se encuentran en el territorio nacional)
5. Condiciones Especiales: que regula los permisos de trabajo de extranjeros provenientes de países que mantienen relaciones amistosas o económicas con Panamá, Regularización Migratoria, Extranjeros Profesionales o estudiantes, y por primera vez un permiso de trabajo para trabajadores por cuenta propia o por cuenta propia.
6. Temporal: aplicable a artistas internacionales, técnicos especializados y artistas de espectáculos nocturnos.

Para la correcta implementación de esta disposición y para asegurar que los trámites que estaban en proceso de ser presentados por los usuarios de Migraciones Laborales, se ha decidido aceptar todas las solicitudes bajo las categorías establecidas por el Decreto Derogado 17 de 1999 hasta el 31 de marzo. de 2023. A partir del 1 de abril de 2023, los permisos de trabajo solo se recibirán bajo las nuevas disposiciones del Decreto 4 de 2023.

Esta actualización de la norma busca adecuar la normativa a los cambios en las necesidades del mercado laboral, que no habían sido revisados en los últimos 24 años, buscando la protección de la fuerza laboral nacional, la integración de poblaciones vulnerables, respetando el Código de Trabajo y la seguridad jurídica de las empresas amparadas por Leyes Especiales.