Paises Amigos : Residencia Panamá
El Gobierno panameño ha emitido, a través del Decreto Ejecutivo No. 197 del 7 de mayo de 2021, cambios importantes en la Visa de Paises Amigos . El Decreto fue publicado el 20 de mayo de 2021 y entrará en vigor en 90 días (20 de agosto de 2021). Los cambios incluyen la eliminación de la posibilidad de acceder a la residencia permanente mediante la incorporación de un negocio y la apertura de una cuenta bancaria y el depósito de la suma de Cinco Mil Dólares (US$5,000.00). Los cambios que entrarán en vigor a partir del 20 de agosto de 2021 son:
1. Se otorgará una visa de residencia temporal por un período de dos (2) años. Puede solicitar y obtener una residencia permanente presentando una segunda solicitud de treinta (30) días calendario o menos, antes del vencimiento de la residencia temporal inicial de dos (2) años.
2. Puede solicitar esta Visa mostrando el propósito de la residencia en Panamá, dependiendo de su actividad económica o profesional, excepto para aquellas profesiones y actividades reservadas a los panameños. Usted puede demostrar su propósito:
Un. Por razones de trabajo: esto implica que el solicitante debe tener un trabajo ya en Panamá, ya que el permiso de trabajo debe ser presentado y aprobado para que la residencia sea aprobada.
B. Para inversiones en bienes raíces: esto implica que el solicitante debe comprar bienes raíces en Panamá por un valor no inferior a US $ 200,000.00. Esta compra puede ser financiada por un banco local. Cabe destacar que la compra debe realizarse a nombre del solicitante y no a través de una empresa o fundación privada, sin embargo, como otras visas en Panamá lo permiten, es probable que este Decreto sea modificado en el futuro para reflejar que el solicitante puede comprar a través de una corporación u otro tipo de persona jurídica.