Residencia temporal para determinadas personas en Ciudad del Saber Panamá.

Residencia temporal para determinadas personas en Ciudad del Saber Panamá.

Residencia temporal para determinadas personas en Ciudad del Saber.

Residencia temporal para determinadas personas en Ciudad del Saber.

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Migración a panamá

Este programa de Visa de Trabajo permite a los inversionistas extranjeros obtener permisos de trabajo para sus empleados en Panamá, con la condición de arrendar una oficina o edificio dentro de las instalaciones de la Ciudad del Saber en Panamá (ubicada dentro de la antigua base militar estadounidense, Fuerte Clayton), con el fin de operar su negocio desde Panamá. Desde la reversión de las bases militares estadounidenses en Panamá, el gobierno panameño ha designado parte de Fuerte Clayton como Ciudad del Saber, con el objetivo de atraer inversiones y empresas extranjeras ofreciéndoles ventajas fiscales similares a las de la Zona Libre de Colón (el segundo mayor centro de distribución del mundo).

Algunas empresas que operan desde la Ciudad del Saber en Panamá disfrutan de diversas ventajas fiscales, como las plantas de fabricación, las plantas de ensamblaje, las instalaciones de creación y desarrollo de software, los centros de llamadas y otras empresas dedicadas a la exportación de productos y servicios. Estas empresas también se benefician de importantes reducciones fiscales sobre las ventas locales de sus productos y servicios.

Los inversionistas que ingresen a Panamá como investigadores, profesores, empresarios, técnicos o estudiantes con el propósito de contribuir al desarrollo de un proyecto en la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, según lo establecido en el Decreto Ley 6 de 1999, son elegibles para solicitar este tipo de permiso de trabajo en Panamá.

CANDIDATURA COMO INVESTIGADOR EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ. Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley nº 3 de 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que acredite la existencia de la empresa donde labora el solicitante, la función o labor que desempeña el extranjero y la duración de la estadía en Panamá.
  • Carta de responsabilidad expedida por la empresa, en la que se certifique la actividad investigadora realizada por el investigador y se facilite información sobre su salario.
  • Justificante de afiliación a la Seguridad Social, así como copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD COMO PROFESOR EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ. Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley nº 3 de 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificación o documentación expedida por el país de origen que acredite la condición de docente del solicitante.
  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, verificando la existencia del centro de estudios y las funciones o labores desempeñadas por el solicitante, así como la duración de su estadía en Panamá.
  • Carta de responsabilidad expedida por el centro de estudios, en la que conste la actividad docente desempeñada por el solicitante y se refleje su retribución.
  • Justificante de afiliación a la Seguridad Social, así como copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

POSTULARSE COMO EMPRESARIO O EJECUTIVO EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley nº 3 de 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que acredite la existencia de la empresa, el cargo desempeñado, el trabajo realizado y la duración de la estadía en Panamá.
  • Carta de responsabilidad emitida por la casa matriz, certificando la actividad a desarrollar por el ejecutivo en Ciudad del Saber, manifestando que no ejercerá otra actividad en empresa diferente dentro del territorio panameño, e indicando la duración de su estadía en Panamá.
  • Justificante de afiliación a la Seguridad Social, así como copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD DE EMPLEO COMO TÉCNICO EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley nº 3 de 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

  • Carta de responsabilidad emitida por la empresa, que incluya información sobre el salario percibido por el solicitante.
  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber, que acredite la existencia de la empresa, el trabajo realizado y la duración de su estadía en Panamá.
  • Permiso de trabajo y copia de la tarjeta.
  • Justificante de afiliación a la Seguridad Social, así como copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD COMO ESTUDIANTE EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ. Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley nº 3 de 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

  • Certificación original compulsada expedida por la Fundación Ciudad del Saber, acreditativa de la existencia del centro de estudios.
  • Certificación expedida por el centro de estudios, en la que conste que el solicitante está matriculado como estudiante a tiempo completo y ha superado con éxito sus cursos.

Para solicitar una prórroga, el solicitante debe aportar:

  • Certificación expedida por el centro de estudios, en la que conste que el solicitante es alumno regular a tiempo completo y ha superado los cursos de los años anteriores.

Los créditos de las asignaturas cursadas pueden servir como prueba de que el solicitante es un estudiante regular y reflejar su expediente académico de los años cursados. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR UN VISADO DE TRABAJO EN PANAMA:

  • Facilite toda la documentación requerida y firme un poder especial para que un abogado de nuestro bufete se encargue de toda su documentación y le asista en el proceso.
  • Nuestra firma presentará su solicitud para un permiso de trabajo por 2 años bajo el programa Ciudad del Saber en Panamá. Se le expedirá una tarjeta de inmigración temporal válida durante tres (3) meses. Durante estos tres meses, el Servicio Nacional de Inmigración tramitará su visado para obtener el permiso de trabajo por 2 años. Transcurridos tres meses, recibirá una nueva tarjeta de permiso de trabajo válida durante 2 años.
  • Una vez que expire el permiso de trabajo de dos años, nuestro bufete de abogados presentará una nueva solicitud para prorrogar el permiso de trabajo en Panamá por un máximo de 2 años más.

Como parte del proceso, es necesario que realice una breve visita a Panamá para solicitar el visado que le permita obtener el permiso de trabajo.

Tenga en cuenta que el Servicio Nacional de Inmigración exige que el solicitante de cualquier tipo de visado esté físicamente presente en el momento de la solicitud.

El Servicio Nacional de Inmigración no permite la visita de solicitantes que lleven pantalones cortos, camisetas o sandalias.

Una vez aprobado su visado, planifique su visita a Panamá por un periodo de al menos dos (2) semanas, ya que su pasaporte será retenido durante cinco (5) días hábiles para insertar los sellos oficiales y la información del visado en su interior.

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL EN PANAMÁ:

  1. Registro del pasaporte en Inmigración.
  2. Presente la solicitud con todos los documentos requeridos a Inmigración, junto con el justificante de pago de las tasas gubernamentales y el depósito de repatriación (si procede).
  3. El Servicio Nacional de Inmigración expide un permiso de residencia provisional válido durante tres (3) meses y un visado de entrada y salida múltiple.
  4. El Servicio Nacional de Inmigración expide un visado de residencia temporal válido durante dos (2) años. Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que sea necesario renovar el Visado de Residencia Temporal.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA SOLICITAR UN PERMISO DE TRABAJO EN PANAMÁ:

  1. Fotocopia del pasaporte en vigor del solicitante y de las personas a su cargo (si procede), incluida la página en la que aparece la fotografía, el nombre, la fecha de nacimiento, el número de pasaporte, el lugar de expedición, etc., así como las páginas con los sellos de entrada y salida de los distintos países visitados.
  2. Certificado original de antecedentes penales expedido por la autoridad policial del país de residencia del solicitante (si aplica), debidamente notariado y autenticado por el Consulado de Panamá más cercano a usted.
  3. Certificado de nacimiento original de los hijos dependientes del solicitante principal (si aplica), debidamente notariado y autenticado por el Consulado Panameño más cercano a usted.
  4. Certificado de matrimonio original del solicitante y su cónyuge (si aplica), el cual debe ser notariado y autenticado por el Consulado Panameño más cercano a usted.
  5. Seis (6) fotografías tamaño carné del solicitante y de las personas a su cargo (si procede).
  6. Certificado de buena salud expedido por una clínica u hospital panameño, firmado por un médico colegiado, indicando que el solicitante principal y sus dependientes (si aplica) no tienen enfermedades contagiosas y se encuentran en buen estado de salud mental y física. Este informe médico debe obtenerse durante su visita inicial a Panamá.
  7. Certificado expedido por la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que acredite la relación entre el solicitante y una empresa ubicada y registrada en Ciudad del Saber.

DOCUMENTOS PROPORCIONADOS POR la empresa de reubicación internacional:

  1. Poder especial debidamente firmado por el solicitante y sus dependientes (si aplica), autorizando a nuestra firma a tramitar la solicitud de inmigración y los documentos requeridos.
  2. Carta de responsabilidad firmada por el solicitante, asumiendo la responsabilidad de cada uno de los miembros de su familia que estén a su cargo (si procede).

Tenga en cuenta que el solicitante principal y los dependientes (si aplica) para cualquier tipo de visa de inmigración en Panamá deben estar físicamente presentes en las oficinas del Servicio Nacional de Migración al momento de presentar la solicitud.

Una vez que la Visa de Inmigración sea aprobada, planee visitar Panamá por al menos dos (2) semanas, ya que su pasaporte será retenido por cinco (5) días hábiles para insertar los sellos oficiales de inmigración y la información de la visa.

 

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