Residencia temporal para personas específicas en Ciudad del Sabre Panamá.

Residencia temporal para personas específicas en Ciudad del Sabre Panamá.

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Residencia temporal para personas específicas en Ciudad del Saber.

Residencia temporal para personas específicas en Ciudad del Saber.

Visa de inmigración a Panamá 2026, imágenes 3
visa de inmigración Panamá

Este programa de visados ​​de trabajo permite a los inversores extranjeros obtener permisos de trabajo para sus empleados en Panamá, con la condición de que alquilen una oficina o un edificio dentro de las instalaciones de Ciudad del Saber en Panamá (ubicado dentro de la antigua base militar estadounidense de Fuerte Clayton), para poder operar su negocio desde Panamá.

Desde la devolución de las bases militares estadounidenses en Panamá, el gobierno panameño ha designado parte de Fuerte Clayton como Ciudad del Saber, con el objetivo de atraer inversiones y empresas extranjeras ofreciendo beneficios fiscales similares a los de la Zona Franca de Colón (el segundo centro de distribución más grande del mundo).

Ciertas empresas que operan desde Ciudad del Saber en Panamá disfrutan de diversas ventajas fiscales, como por ejemplo las plantas de fabricación, las plantas de ensamblaje, las instalaciones de creación y desarrollo de software, los centros de llamadas y otras empresas dedicadas a la exportación de productos y servicios. Estas empresas también se benefician de importantes reducciones fiscales sobre las ventas locales de sus productos y servicios.

Los inversionistas que ingresen a Panamá como investigadores, profesores, emprendedores, técnicos o estudiantes con el propósito de contribuir al desarrollo de un proyecto en la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, según lo establecido en el Decreto Ley 6 de 1999, pueden solicitar este tipo de permiso de trabajo en Panamá.

SOLICITUD DE PUESTO DE INVESTIGADOR EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que certifica la existencia de la empresa donde trabaja el solicitante, la función o el trabajo que desempeña el extranjero y la duración de su estancia en Panamá.
  • Carta de responsabilidad emitida por la empresa, que certifica la actividad de investigación realizada por el investigador y proporciona información sobre su salario.
  • Comprobante de afiliación al sistema de la Seguridad Social, así como una copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD DE EMPLEO COMO DOCENTE EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificación o documentación expedida por el país de origen que acredite la condición de docente del solicitante.
  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que verifica la existencia del centro de estudios y las funciones o el trabajo realizado por el solicitante, así como la duración de su estancia en Panamá.
  • Carta de responsabilidad expedida por el centro de estudios, en la que se especifica la actividad docente realizada por el solicitante y se refleja su salario.
  • Comprobante de afiliación al sistema de la Seguridad Social, así como una copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD DE EMPRESARIO O EJECUTIVO EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá presentar los siguientes documentos:

  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que certifica la existencia del negocio, el cargo desempeñado, el trabajo realizado y la duración de la estancia en Panamá.
  • Carta de responsabilidad emitida por la empresa matriz, que certifica la actividad que realizará el ejecutivo en Ciudad del Saber, en la que se indica que no participará en ninguna otra actividad en una empresa diferente dentro del territorio panameño, y se especifica la duración de su estancia en Panamá.
  • Comprobante de afiliación al sistema de la Seguridad Social, así como una copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD COMO TÉCNICO EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABRE DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá presentar los siguientes documentos:

  • Carta de responsabilidad emitida por la empresa, que incluya información sobre el salario percibido por el solicitante.
  • Certificación expedida por el Director Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber, que acredita la existencia del negocio, el trabajo realizado y la duración de su estancia en Panamá.
  • Permiso de trabajo y una copia de la tarjeta.
  • Comprobante de afiliación al sistema de la Seguridad Social, así como una copia de la tarjeta de la Seguridad Social.

SOLICITUD DE ADMISIÓN COMO ESTUDIANTE EN LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER DE PANAMÁ.

Además de los requisitos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 3 del 22 de febrero de 2008 (excepto los puntos 2 y 4), el solicitante deberá presentar los siguientes documentos:

  • Certificación original expedida por la Fundación Ciudad del Saber, que acredita la existencia del centro de estudios.
  • Certificado expedido por el centro de estudios que acredita que el solicitante está matriculado como estudiante a tiempo completo y ha completado satisfactoriamente sus cursos.

Para solicitar una prórroga, el solicitante deberá proporcionar lo siguiente:

  • Certificado expedido por el centro de estudios que acredite que el solicitante es un estudiante regular a tiempo completo y que ha aprobado las asignaturas de los años anteriores.

Los créditos obtenidos en las asignaturas cursadas pueden servir como prueba de que el solicitante es un estudiante regular y reflejar su expediente académico de los años completados.

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR UNA VISA DE TRABAJO EN PANAMÁ:

  • Proporcione todos los documentos necesarios y firme un poder notarial especial a favor de un abogado de nuestro bufete para que se encargue de toda su documentación y le asista durante el proceso.
  • Nuestra firma presentará su solicitud de permiso de trabajo por 2 años bajo el programa Ciudad del Saber en Panamá. Se le expedirá una tarjeta de inmigración temporal válida por tres (3) meses. Durante estos tres meses, el Servicio Nacional de Inmigración tramitará su visa para obtener el permiso de trabajo por 2 años. Transcurridos tres meses, recibirá una nueva tarjeta de permiso de trabajo válida por 2 años.
  • Una vez que expire el permiso de trabajo de dos años, nuestro bufete de abogados presentará una nueva solicitud para extender el permiso de trabajo en Panamá por hasta 2 años más.

Como parte del proceso, es necesario que realice una breve visita a Panamá para solicitar la visa y obtener el permiso de trabajo.

Tenga en cuenta que el Servicio Nacional de Inmigración exige que el solicitante de cualquier tipo de visa esté físicamente presente en el momento de la solicitud.

El Servicio Nacional de Inmigración no permite que los solicitantes visiten el país vistiendo pantalones cortos, camisetas o sandalias.

Una vez que su visa sea aprobada, planee visitar Panamá por un período de al menos dos (2) semanas, ya que su pasaporte será retenido durante cinco (5) días hábiles para insertar los sellos oficiales y la información de la visa en su interior.

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER UN PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL EN PANAMÁ:

  1. Registro de pasaporte ante Inmigración.
  2. Presente la solicitud con todos los documentos requeridos a Inmigración, junto con el comprobante de pago de las tasas gubernamentales y el depósito de repatriación (si corresponde).
  3. El Servicio Nacional de Inmigración expide un permiso de residencia provisional válido por tres (3) meses y una visa de entrada y salida múltiples.
  4. El Servicio Nacional de Inmigración emite una Visa de Residencia Temporal válida por dos (2) años. Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que sea necesario renovar el visado de residencia temporal.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA SOLICITAR UN PERMISO DE TRABAJO EN PANAMÁ:

  1. Fotocopia del pasaporte válido del solicitante y de sus dependientes (si procede), incluyendo la página donde aparece la fotografía, el nombre, la fecha de nacimiento, el número de pasaporte, el lugar de expedición, etc., así como las páginas con los sellos de entrada y salida de los diferentes países visitados.
  2. Certificado original de antecedentes penales expedido por la autoridad policial del país de residencia del solicitante (si procede), debidamente notariado y autenticado por el consulado panameño más cercano.
  3. Certificado de nacimiento original de los hijos dependientes del solicitante principal (si corresponde), debidamente notariado y autenticado por el Consulado panameño más cercano a su domicilio.
  4. Certificado de matrimonio original del solicitante y de su cónyuge (si corresponde), el cual debe estar notariado y autenticado por el Consulado panameño más cercano a usted.
  5. Seis (6) fotografías tamaño pasaporte del solicitante y sus dependientes (si corresponde).
  6. Certificado de buena salud expedido por una clínica u hospital panameño, firmado por un médico colegiado, que indique que el solicitante principal y sus dependientes (si procede) no padecen enfermedades contagiosas y gozan de buena salud física y mental. Este informe médico debe obtenerse durante su primera visita a Panamá.
  7. Certificado expedido por la Fundación Ciudad del Saber de Panamá, que certifica la relación entre el solicitante y una empresa ubicada y registrada en Ciudad del Saber.

DOCUMENTOS PROPORCIONADOS POR la ​​empresa de reubicación internacional:

  1. Poder notarial especial debidamente firmado por el solicitante y sus dependientes (si corresponde), que autoriza a nuestra firma a tramitar la solicitud de inmigración y los documentos requeridos.
  2. Carta de responsabilidad firmada por el solicitante, asumiendo la responsabilidad por cada uno de sus familiares dependientes (si corresponde).

Tenga en cuenta que el solicitante principal y sus dependientes (si corresponde) para cualquier tipo de visa de inmigración en Panamá deben estar físicamente presentes en las oficinas del Servicio Nacional de Migración al momento de presentar la solicitud.

Una vez aprobada la visa de inmigración, planee visitar Panamá por al menos dos (2) semanas, ya que su pasaporte será retenido durante cinco (5) días hábiles para insertar los sellos de inmigración oficiales y la información de la visa.

 

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